Santa Fe prohíbe la actividad de cuidacoches en todo el territorio provincial
El Senado santafesino sancionó una ley que penaliza a los cuidacoches con arresto y trabajo comunitario. Los municipios deberán adherir para aplicarla.
El Senado de Santa Fe aprobó este jueves, con 16 votos a favor y tres ausencias, la ley que prohíbe la actividad de cuidacoches en toda la provincia. La votación alcanzó los dos tercios necesarios para ratificar lo decidido por la cámara de origen.
La norma modifica el Código de Convivencia provincial —conocido como Código de Faltas— e incorpora tres artículos nuevos. El artículo 66 bis prohíbe ofrecer espacios de estacionamiento, guarda, cuidado, lavado o limpieza de vehículos en la vía pública sin autorización, cuando la normativa local lo impida.
Las sanciones pueden llegar a los 15 días de arresto, aunque también prevén la alternativa de trabajo comunitario de entre 2 y 10 días, junto con la prohibición de volver al lugar donde se detectó la irregularidad. En casos de reincidencia, el arresto se eleva a un rango de 10 a 20 días. Si quien ejerce la actividad recurre a violencia o amenazas contra personas o bienes, la pena se duplica.
La prohibición alcanza las zonas de estacionamiento tarifado o gestionadas por entes autorizados, y un radio de hasta 20 cuadras alrededor de eventos masivos, desde dos horas antes y hasta una hora después de su finalización. La ley también contempla agravantes cuando la actividad se ejerce contra personas en situación de desigualdad de género, edad, discapacidad o vulnerabilidad, o cuando se desarrolla en horario nocturno —de 18 a 6— o en zonas escolares, bancarias, comerciales o cercanas a edificios públicos.
Otro de los puntos centrales de la reforma es la incorporación de la figura de organización criminal: si se acredita un acuerdo previo entre dos o más personas, el arresto será de 10 a 20 días, y si se comprueba la existencia de organizadores, coordinadores o responsables, la pena puede llegar hasta el cuádruple del mínimo y del máximo previstos.
Para que la prohibición entre en vigencia, cada municipio deberá adherir formalmente a la ley. Los gobiernos locales serán los encargados exclusivos de aplicar las sanciones, sin perjuicio de que un querellante particular pueda intervenir. Además, cada municipio podrá pedir la intervención policial por vía ministerial para desplazar a los infractores del lugar.
La información fue difundida por Cadena 3.



